Muy importante para las hipotecas de VPO en nuestro barrio
La coordinadora estatal donde participa nuestra asociación ha tenido esta respuesta. La asociación entendemos que es de sumo interés para centenares de vecinos.
DEFENSOR DEL PUEBLO, MINISTERIO DE FOMENTO, TIPOS DE INTERÉS VPO EL DEFENSOR DEL PUEBLO PIDE SUSTITUIR EL IRPH POR EL EURÍBOR EN LOS PRÉSTAMOS PROTEGIDOS
Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo en funcionesDate : 19 octubre,2017Author: subsidiacion
EL DEFENSOR DEL PUEBLO PIDE SUSTITUIR EL IRPH POR EL EURÍBOR COMO ÍNDICE DE LOS PRÉSTAMOS PROTEGIDOS (VPO)
PIDE REFERENCIAR LAS HIPOTECAS DE LAS VPO AL EURÍBOR U OTRO ÍNDICE OFICIAL, DE FORMA QUE SE CORRIJAN LOS EFECTOS DE CLÁUSULAS POTENCIALMENTE ABUSIVAS
Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo en funciones, recomienda al Ministerio de Fomento:
“Promover las modificaciones normativas oportunas para suprimir el IRPH Entidades como índice oficial de referencia para la aplicación como tipo de interés de los préstamos convenidos y sustituirlo por el Euribor u otro índice oficial, con el fin de corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas.”
Actualmente Fomento utiliza el IRPH de entidades para fijar anualmente los tipos de interés de las hipotecas VPO: un índice declarado nulo por numerosas sentencias y desautorizado por la Unión Europea ya en 2009, según recuerda el Defensor.
El Defensor del Pueblo reconoce que la aplicación del IRPH de entidades y la eliminación de las ayudas y subvenciones “ha gravado doblemente” la situación de los afectados.
La Coordinadora exige a Fomento una rectificación inmediata de los tipos de interés antisociales e injustos que soportamos los afectados de la vivienda protegida. Asimismo, como compensación por estos últimos años, pide que se devuelvan las ayudas a la vivienda que Fomento suprimió retroactivamente a las 300.000 familias afectadas.
>> DESCARGA LA CARTA DEL DEFENSOR AQUÍ <<
[MADRID 19-Oct-2017] El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha enviado una carta a la Coordinadora Nacional de Afectados en la que recomienda promover la supresión del IRPH de entidades como índice oficial de referencia para la aplicación como tipo de interés de los préstamos convenidos y sustituirlo por el Euribor u otro índice oficial, con el propósito de corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas, y considerado que ha sido declarado nulo por sentencias judiciales y por la Unión Europea.La misiva indica que ha remitido esta recomendación a la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento.
Asimismo en el informe emitido el 17 de octubre por esta institución, que concluye con la citada recomendación, también se recogen varias observaciones, entre las que destacan:
1ª) Que los préstamos convenidos para VPO han contado con algunas ventajas especiales, pero desde que se modificó la normativaeliminando las ayudas y subvencionescorrespondientes a los distintos planes estatales de vivienda, y se aplicó el IRPH Entidades como tipo de interés de referencia en lugar del Euribor,estos préstamos se han gravado doblemente.
Por ello, la Coordinadora Nacional de Afectados VPO exige al Ministerio de fomento:
- No solo una inmediata rectificación de los tipos de interés aplicables a la vivienda protegida, para que recuperen su función social que les es propia,
- Sino también la devolución de las ayudas a la subsidiación que Fomento suprimió retroactivamente a las miles de familias afectadas, como un modo de compensación por los intereses abusivos que hemos tenido que soportar durante estos últimos años.
La Coordinadora recuerda que los afectados hemos soportado unos tipos de interés injustos y antisociales, según ha reconocido ahora el Defensor del Pueblo:
2ª) En el año 2009 la Unión Europea ordenó la eliminación del IRPH. […]
4ª) Numerosas sentencias han declarado nulo el IRPH Entidades por considerar que los bancos han influido en cómo se fijan esos índices. Según estas sentencias, si los bancos influyen en la determinación del IRPH, con los datos que facilitan, se entiende que se produce una vulneración de lo dispuesto en el artículo 1.256 Código Civil que dispone que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. Es decir, si una de las partes (banco prestamista) tiene la posibilidad de influir en el importe del contrato (tipo de interés), esa cláusula debe ser declarada nula. Recientemente, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo mediante providencia del 28 de junio de 2017, ha acordado el tratamiento preferente del recurso de casación sobre la nulidad de la cláusula IRPH de los préstamos hipotecarios declarada en una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava.
Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo en funciones. Haz clic en la imagen para descargar